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En la ciudad autónoma de Buenos Aires a los 24 días del mes de Febrero de 2011, siendo las 13:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – ante mi, el Dr. MURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, SECRETARIO DE conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el Señor Jose Lludar, Ruben Collier, Marcelo Gutierrez y Hugo Panceira por el SINDICATO DE PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, con el acesoramiento del Dr. Juan Pais por una parte y por la otra lo hace Rodrigo Ramacciotti, Gustavo Duro, Leandro Corengia, Tomas Gomez Alzaga, Ricardo Rodriguez, Gabriela Guida y Carlos Gaccio en representación de la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS – CEPH. La Sra. Elisa Galeri, Hugo Cabo, Federico With y los sres. Gustavo Smidt y Dardo Cabrera y el Dr. Juan manuel D’aloe por la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES – CEOPE quienes asisten al presente acto.-
Declarando abierto el acto, luego de un prolongado intercambio de opiniones las partes MANIFIESTAN:
PRIMERO: Se acuerdan los valores que a continuación se detallan de los conceptos comunes de aplicación dentro de la industria del petróleo de aplicación al personal del CCT 611/95 dentro del ámbito de representación territorial del sindicato.-
VIANDA/AYUDA ALIMENTARIA: Enero 2011 a $87 (ochenta y siete) a partir de Febrero $89 (ochenta y nueve).-
ADICIONAL DE TORRE: Enero 2011 a $1488 (mil cuatrocientos ochenta y ocho) y a partir de Febrero $1524 (mil quinientos veinticuatro).-
ADICIONAL YACIMIENTO/PRODUCCION: Enero 2011 a $521 (quinientos veintiuno) y a partir de Febrero $533 (quinientos treinta y tres).-
TIEMPO DE VIAJE: Enero 2011 a $22,32 (veintidós con treinta y dos centavos) y a partir de Febrero 2011 a $22,86 (veintidós con ochenta y seis centavos)
ADICIONAL DISPONIBILIDAD: Pasara de $504 a $521 (quinientos veintiuno) a partir de Enero 2011 y $533 (quinientos treinta y tres) desde Febrero 2011.-
SEGUNDO: las partes solicitan la prórroga de los artículos SEGNTO Y TERCERO de la resolución ST n° 1122 del 04/09/2009 en los términos, condiciones, valores y excepciones dispuestos en la misma, disponiendo respeto del reintegro mensual del importe equivalente del cincuenta por ciento (50%) de la retención que en concepto de impuesto a las ganancias le corresponde tributar a los trabajadores hasta la suma de PESOS MIL TRECIENTOS VEINTISEIS ($1326) por Enero 2011 y MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($1420) desde Febrero 2011.-
TERCERO: las diferencias por aplicación de los valores acordados en la presente deberán abonarse el dia 18/03/2011.-
CUATRO: las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.-
En este estado el funcionario actuante designa, ante la audiencia de consenso respecto del pedido efectuado por la representación sindical, nueva fecha de reunión para el día 14 de marzo de 2011 a las 15:00 horas sirviendo la presente de formal notificación.-
No siendo para más se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación por ante mí que certifico firman los comparecientes.-
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